domingo, 25 de agosto de 2013

Pedro Schwartz sobre Bentham



"The Iberian Correspondance of Jeremy Bentham"



Resulta interesante la entrevista que le hace Carlos Rodríguez Braun a Pedro Schwartz. Estos economistas, el uno español y el otro de origen argentino, se han dedicado desde su disciplina a estudiar y también a compilar los documentos relacionados con Bentham e Hispanoamérica. Pedro Schwartz publicó en 1972 la compilación de las cartas de Bentham a Hispanoamérica titulado "The Iberian correspondence of Jeremy Bentham" en dos volúmenes que desafortunadamente no se puede encontrar de manera virtual en Internet. También y como relatamos en el anterior post existe una compilación de las cartas de Bentham y Bolívar en un artículo que si se puede encontrar en Internet (aquí) titulado "Las relaciones entre Jeremías Bentham y Simón Bolivar". Schwartz comenzó su interés por los estudios de Bentham a través de los estudios que realizó de Popper y Stuart Mill porque le interesó la idea de encontrar  algún tipo de criterio sobre la actuación política que garantizará buenos resultados, como en el caso de Bentham del principio de utilidad. Sin embargo, dice Schwartz en entrevista a Braun (aquí) que, 

"A medida que fui estudiando a Bentham y su sistema legal y político me fui separando de él. Me pareció que el sistema utilitarista/benthamista tenía algunas implicaciones totalitarias, o sino totalitarias por lo menos autoritarias. Poco a poco, he ido separándome de la idea de que para la acción social hay que establecer un criterio de contenido o de consecuencias. Me fui alejando de la idea de que los criterios de decisión social tienen que estar basados en el contenido (la mejor decisión es la que maximiza la felicidad o minimiza el dolor) y he ido acercándome a la idea de que el juicio sobre las decisiones sociales tiene que estar basado en las cualidades formales de éstas: en cómo se llega a las decisiones; en qué tipo de actitud es la que tomas parte en las decisiones, si son libremente tomadas por contrato o por intercambio o si alguien emplea la coacción y cuando se recurre a la coacción, cómo se minimiza y con qué garantías se han tomado las decisiones que lleva a utilizar la coacción sobre las personas..."  (p. 170) 

También resulta interesante lo que le dice Schwartz a Braun ante la pregunta de ¿Por qué Bentham se sintió atraído por España y por Iberoamérica? ¿qué vieron los iberoamericanos en Bentham para que les fascinara como les fascinó?. Pedro Schwartz contesta lo siguiente:

“Bentham desde su juventud se consideró a sí mismo como dotado del genio de la legislación. A pesar de que su padre quería que fuera abogado en ejercicio, él pronto decidió dedicarse a la jurisprudencia y a la preparación de códigos de leyes autosuficientes, coherentes y mejores que las leyes existentes. Deseaba codificar, legislar como legislador privado y ofrecer sus códigos a los gobiernos. Empezó por los déspotas ilustrados. Cuando se desilusionó de éstos como susceptibles en la presión de lo que Bentham llamaba los intereses siniestros, pasó a interesarse por los movimientos democráticos en Latinoamérica y luego en España, Portugal y finalmente en Grecia. Bentham tenía una idea del derecho que le inclinaba especialmente a ofrecer sus códigos a gobiernos nuevos. Su visión del Derecho es que la ley es la expresión de la voluntad del soberano, esté como éste constituido el soberano: puede ser un soberano único o una cámara legislativa. También cree que la ley óptima es la que aplica el soberano con su voluntad, tras deducirla con la razón, del cálculo utilitarista de qué es lo que convenga mejor a la sociedad. El soberano pone en obra esa ley que es la derivada con el cálculo racional. Por lo tanto Bentham es enemigo de las leyes tradicionales, enemigo del Common Law y de toda la legislación basada en derechos inmemoriales. Es enemigo también de quienes creen que las leyes positivas han de ser el reflejo del Derecho natural o de unos derechos innatos del individuo. Para él la ley óptima es la escrita por una sola persona, que emplea el criterio utilitarista para distinguir entre buenas y malas instituciones, y que incluso crea ex novo en su mente instituciones de organización social que responden a la mayor felicidad del mayor número. Cuando James Mill le convence definitivamente en 1806-1808 de que los déspotas ilustrados van a defender necesariamente los intereses siniestros y de que la única manera de hacer la reforma legal es de hacerla sobre la base de los derechos democráticos, vuelve su atención al mundo ibérico. Los primeros códigos los escribe para Miranda, cuando Miranda organiza la expedición a Venezuela en 1811. Le da unos esquemas de ley de prensa, de código civil, muy escuetos, que traduce en Londres al castellano Andrés Bello, y que yo he encontrado en la biblioteca Barros Arana de Santiago de Chile. Como Miranda es derrotado ese intento queda en nada.

Bentham había propuesto para la Asamblea francesa un procedimiento de organización de las discusiones. Cuando se reúnen las Cortes de Cádiz Lord Holland y Blanco White le sugieren que escriba un código de organización de las discusiones para ellas. Tarda mucho tiempo en terminarlo y es Dumont el que en 1816 consigue sacarle todos sus manuscritos y publica Tácticas de las Asambleas legislativas, que servirán para distintas asambleas, en especial, para las de la Argentina. Igualmente, cuando le va a ver Bernardino Rivadavia en 1818 también le ofrece distintos códigos. Su primera oportunidad real es cuando las Cortes de Portugal, en 1820 – 1821, le piden que les escriba unos códigos: empieza a escribir un código penal y un código civil, que también cree le van a valer para las Cortes españolas del Trienio Liberal. Fracasan ambos regímenes y se consolidan regímenes republicanos en Latinoamérica; pero Bolívar reniega de él, sobre todo después del intento contra su vida de unos cuantos estudiantes de derecho benthamistas. Renace su esperanza con los independentistas griegos y manda a Grecia unos primeros esbozos de código constitucional, tomados de los que había estado preparando para los americanos y para los españoles en su comentario sobre la Constitución de Cádiz, que tú has estudiado en tu libro sobre las colonias. Aunque no termina más que el primer volumen, ya es una obra muy amplia. Es el resultado final de aquel intento de juventud del Pannomion o “Cuerpo completo de leyes” (Complete Body of Laws), cuya redacción había iniciado en la década de 1770. El Código es muy interesante. Es el resultado a lo largo de toda una vida del intento de vender su actividad legislativa. Además nos permite sabe cómo iba a ser la República Utilitarista” (RODRIGUEZ BRAUN, Carlos, “Entrevista a Pedro Schwartz”, en: Telos, Vol. I, No 1, febrero de 1992, pp. 169-182, p. 17. Se puede encontrar la entrevista completa en:1.pdfhttp://dspace.usc.es/bitstream/10347/5626/1/pg_171-184_telos1-1.pdfhttp://www.usc.es/revistas/index.php/telos/article/view/938/891

sábado, 24 de agosto de 2013

La arracacha de Bentham



En tiempos de protesta de los paperos y agricultores de Boyaca y Nariño, con noticias de apropiación de semillas y biodiversidad por compañías como Monsanto, es interesante conocer la segunda carta de Bentham, que según Pedro Schwarzt y C. Rodríguez Braun (Las relaciones entre Jeremías Bentham y Simón Bolívar) Bentham envió a Bolivar. En dicha carta, fechada el 24 de diciembre de 1820, le dice Bentham a Bolívar que ya le ha enviado a los españoles de Cádiz, los de las Cortes liberales, su opinión sobre lo que es mejor hacer con Hispanoamérica y es que se liberen sus territorios. Esta idea, le dice Bentham a Bolívar, la expuso en su texto "Liberaos de vuestra colonias ultramarinas", ya que resultaba más conveniente económicamente que no se sigan manteniendo las colonias y que a través del libre comercio, se siga obteniendo beneficios económicos para España ya que por su lenguaje, costumbres, religión y quizás leyes, se conservarán los vínculos. 

En relación con este punto Bentham expresa  lo siguiente: "Lo que digo a los españoles es que en tanto y en cuanto se liberen de las colonias de Ultramar, no importa quién se las quede, en todo o en parte, pero siempre que su gobierno sea bueno, porque cuanto mejor sea, más numerosos y ricos serán los clientes para todas las mercancías que tengan para colocar; y la comunidad de lenguaje, costumbres y religión, y en cierta medida de leyes, les garantizará -y no habrá estipulación expresa en contrario- una preferencia perdurable sobre todas las demás naciones...".  Sobre el particular dice Bentham que sino se garantiza el libre comercio por parte de España en sus Colonias, muchas de ahora independizadas, se propagarán los contrabandistas, salteadores de caminos que "proseguirán alterando su prosperidad y ruina...". 

Al final de la Carta Bentham le pide un favor que a pesar de que puede sonar "por completo frívolo" para Bentham es notablemente importante. Le dice el jurista inglés a Bolívar que ha tenido noticias según el periódico "The Morning Chronicle" que en Zipacón [en la carta dice "Bipacon"], cerca de Santa Fe de Bogotá, se cultiva un tubérculo similar a la papa, la arracacha, que es superior en sabor, utilidad y producción. Bentham le comenta que el cultivo de la papa ha sido de vital importancia para Irlanda y que desearía que Bolívar le enviará unas semillas de arracacha para también cultivarla en Inglaterra. Le comenta que la Sociedad Hortícola ha hecho gestiones para traer las semillas y la planta a Gran Bretaña, pero no lo ha logrado y que estaría muy agradecido si Bolívar le enviará a través de la correspondencia unas semillas de dicha planta. Le indica que a través de la experimentación harían seguramente crecer y producir dicho tubérculo en el reino. Finalmente Bentham le escribe que él y la Sociedad Real de Londres le estarían agradecidas y que por sus labores escribiría su nombre en la "lista de asociados".  El final de la Carta dice lo siguiente: 

"No quiero decir que el presidente de Colombia debería agacharse a recoger semillas para Inglaterra, como (se dice) hizo el emperador Claudio para recoger conchas de coquina en Inglaterra. Pero para ésta o aquella persona bien dispuesta, botánica o no, situada dentro de su zona de influencia quizás una palabra suya fuese suficiente. Si se envían semillas, con o sin raíces, quizás puedan remitirse también directrices para el cultivo de la planta, y en tal caso, cuanto más detalladas mejor. Pero las semillas no deben esperar a las raíces, y menos a las instrucciones, cuya carencia puede ser suplida aquí, sin mayor dificultad, por la experimentación, inteligentemente dirigida: en cualquier ocasión que el Sr. Hall envíe una carta a este país podrían adjuntarse algunas semillas de este vegetal, si es que su valor se corresponde, en algún grado, con la información expresada más arriba. Pero la gloria quizás merezca el nombre de Bolívar, y la Sociedad Real de Londres estaría orgullosa de inscribir ese nombre en la lista de sus asociados. El presidente Sir Joseph Banks, se esforzó en conseguir la plantas (se dice) pero sin éxito”.

Como vemos no es nueva la llamada apropiación de nuestra biodiversidad por parte del Imperio y desde Linneo quizás se logró a partir del uso de la ciencia y tecnología expropiar el cultivo de plantas y alimentos originarios de América como la quina, la papa y el caucho. No sabemos si Bolívar le envió las semillas de arracacha a Bentham. Queda oficio para los investigadores.

Reproducimos toda la Carta de Bentham a Bolívar de 24 de diciembre de 1820 traducida y publicada en el trabajo de Schwartz y Rodríguez Braun y que pueden encontrar aquí. 

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Segunda Carta de Bentham a Bolívar de 24 de diciembre de 1820. Fuente: [Fuente: U.C., 23-29. Con letra de Colls y correcciones y agregados de Bentham. Colls, John: uno de los amanuenses de Bentham. La traducción es de los editores.]

Dice Schwartz y Braun al respecto: “Bentham a Bolívar (24 de diciembre de 1820). En esta carta, que sí envió al Libertador, Jeremías Bentham propone se le encargue la redacción de los Códigos de la nueva república; menciona el libro “Libraos de vuestras colonias ultramarinas”, que estaba redactando para el público español; y le pide semillas de «arracacha", «planta umbelífera, semejante a la chirivía, pero de raíz más grande y muy exquisita», dice el Casares”.

Doc. 116. [Carta de Bentham a Bolívar, 24 de diciembre de 1820]

Señor:

Tengo ante mí una carta fechada en Barranquilla en agosto 1820, del Sr. Francis Hall (coronel de sus fuerzas, veo que lo llaman en nuestros periódicos), del que recibo la grata noticia de la amable recepción que tuvo Ud. a bien ofrecerle, y la lisonjera declaración de que él creía que en cierta forma la debía a la carta con la que me tomé la libertad de molestarle. Esta carta suya, aunque él había solicitado permiso para escribirme, no iba dirigida a mí; hasta el momento en que pudo verle, nada le había ocurrido cuyo conocimiento -según él- podría haberme suscita- do otra sensación que la de pesar. De un pasaje o dos, que no esperaba retornasen a su país original, obtendrá Ud. medios muchos más confiables para juzgar la impresión que produjo en su ánimo, de los que la naturaleza de la situación admitiría que dedujera de cualquier cosa que pudiera haberle dicho.

Desear el fin es desear los medios, si ellos no son deshonestos. Mi deseo es proporcionar a Ud., y a España, al mismo tiempo, y por los mismo medios, todo el servicio que pueda. De manos de España ya poseo toda la confianza que pueda desear. De sus manos, sólo puede ser mi esperanza el poseer toda la confianza necesaria para -o conducente a- ese mismo propósito. Ignoro por el momento lo que se me ocurrirá decirle: pero como introducción a ello, sea lo que fuere, me tomaré la libertad de referirme a la representación que recibí el 2 de julio de 1818 en -y, como creo percibirá, por- la Cámara de los Comunes.

Mis principios en el área de la legislación le son más o menos conocidos. En virtud de tales principios aguardo, dentro de un mes, un pedido formal del rey de España para que redacte un cuerpo legal omnicomprensivo para España, que sea sometído a las Cortes. Tengo aquí la copia de una comisión, entregada en nombre del rey al secretario principal de la misión española en esta ciudad, para que me consulte y considere conmigo un asunto de finanzas. Desde hace algún tiempo he estado trabajando, a más no poder, al servicio conjunto de Ud. y su -hasta recientemente- inhumano enemigo. Digo al servicio conjunto pues el título de mi obra es Liberaos de vuestras colonias ultramarinas. Le falta poco para estar completo: los títulos de las secciones irán junto con esta carta. Éste es el mayor servicio que yo, o cualquiera, o todo el mundo agrupado, pueda prestar a España; y yo, por cualquier posibilidad que tenga de prestarlo, arriesgo todo mi crédito en este país. Si alguien puede hacerlo, soy yo: porque el apogeo a la más pesada de todas sus cargas, excepto el tan tardíamente mitigado despotismo, está tan ciego y sordo como extendido. Conozco personalidades relevantes en España que estaban de antemano conmigo en esta creencia, pero que no se atreven a confesarlo públicamente. Si mi código sirve para algo con respecto a España, no servirá menos para Ud.: en la medida en que envíe cosas a España haré todo lo que de mí dependa para comunicárselo. He iniciado lo que promete madurar en una amistad con el Caballero de Colón[1], quien ya veo es un hombre de muy considerable talento y en quien percibo señales de una excelente disposición: la confianza que manifiesta en mí debo incluirla, como bien podrá imaginar, entre aquellas señales. No lo he sondeado aún en el punto de Ultramar. Pero incluso su superior, el duque de San Frías [sic][2], no hace secretos de su pertenencia a la misma opinión.

Creo evidente que tal es su postura. Y no por boca del propio duque puesto que, aunque él ha expresado, en diferentes momentos y a diferentes personas, interés en conocerme, le he tratado como hago con todo el mundo: he renunciado a verle salvo que hubiese alguna utilidad en ello. Comprendo ahora claramente que cuando se encara de verdad alguna cuestión, ello ocurre a través de Colón. Lo que digo a los españoles es que en tanto y en cuanto se liberen de las colonias de Ultramar, no importa quién se las quede, en todo o en parte, pero siempre que su gobierno sea bueno, porque cuanto mejor sea, más numerosos y ricos serán los clientes para todas las mercancías que tengan para colocar; y la comunidad de lenguaje, costumbres y religión, y en cierta medida de leyes, les garantizará -y no habrá estipulación expresa en contrario- una preferencia perdurable sobre todas las demás naciones. Las Cortes, con sus prisas, han sacado una ley detestablemente estúpida, llena de prohibiciones, al estilo de la vieja escuela, esforzándose en hacer que todo el pueblo, en su calidad de consumidor, pague precios desorbitados por mercancías malas, con la idea de beneficiar a unos pocos fabricantes que, a la postre, no saldrán favorecidos, como no saldrá nadie excepto los contrabandistas, que proseguirán alternando su prosperidad y ruina hasta que por contrabandistas o por salteadores de caminos sean fusilados o colgados. La únicas personas beneficiadas serán algunos comerciantes de Gibraltar, ese estorbo para España y para Inglaterra que, si de mí dependiese, dejaría hundir en el mar con todo lo que tiene encima, antes de que siga allí como está ahora.

Hablando de las Cortes dije: con sus prisas; los redactores de la Constitución, sin motivo concebible, como si temiesen tener tiempo/para/hacer su trabajo, se condenaron a un sueño de nueve meses, o al menos ocho, de cada doce. Cualquiera sea la tajada de sus colonias ultramarinas que prefiriese hágamelo saber pues - salvo que tenga razón para pensar que estaría mejor en otras manos, lo que no parece probable- haré todo lo que pueda para que Ud. la obtenga - entiénda- se siempre Ud. en número plural, no en singular; pero debo tener motivos para trabajar, motivos que se refieran en general al bien de la humanidad, y en particular a las partes más directamente interesadas; en cuanto a deseos, no me importan los de A ni los de B; no acepto remuneración alguna, y no sirvo a ninguna parte a expensas de otra. Con relación a su gente, de todos los colores, no estoy en condiciones de emitir un juicio sobre si están en posición de andar solos; pero sobre ello tengo una idea, y es que si no es su designio crear una monarquía transmisible a descendientes naturales, podría Ud. tener, durante toda su vida, con apenas más poder nominal que el presidente de los Estados Unidos Anglo-Americanos, tanto poder real como si fuese reconocido absoluto, y ejercerlo de forma mucho más grata para todos.

Ahora me tomaré la libertad de mencionar un asunto que, según el punto de vista bajo el que sea considerado, puede parecer notablemente importante o por completo frívolo. Durante muchos de estos años la necesidad le ha obligado -en un grado que no podrá sino deplorar- a contribuir a la reducción del número de la humanidad; si estuviese en su poder el reparar en alguna medida el daño con unas pocas palabras, me halaga al pensar que no las escatimaría. Irlanda debe al menos la mitad de su población, de cuatro a cinco millones, a una raíz (la patata) originalmente importada, se dice, de Santa Fe de Bogotá, el teatro de algunas de sus glorias reciente. En ese mismo lugar se comenta que existe el cultivo de la hortaliza (he visto que la designan con el nombre de arracacha), a la que atribuyen (ignoro sobre qué bases) una utilidad aún superior.

Con relación a esta planta, leo en el “Morning Chronicle” del 11 de noviembre de 1820, una cartafechada Altona, 3 de noviembre firmada […] abogado. Extractos: “Desde 1784, gracias a Gilli's ‘Storia Naturale delle provincie de Terra Firma’ Europa sabe que en el país de las patatas, en Santa Fe de Bogotá, existe otra planta llamada Arracacha que, aseguran el Sr. Gilli y un nativo de Santa Fe el Sr. Vargas, en Sres. […] y los Anales de Botánica de Smith, Londres, vol. 1, pág. 400, es muy superior a la patata en sabor, utilidad y producción y que, como sólo crece en el clima moderado de las cordilleras, podría ser cultivada en Europa con tanto éxito como la patata. Las mejores especies son cultivadas en un lugar llamado Bipacon, cerca de Santa Fe de Bogotá". En una nota, el “Morning Chronicle” apunta - La Sociedad Hortícola ha hecho gestiones para traer la planta desde Sudamérica”-. En la sociedad hay hombres de categoría, distinguidos e influyentes. No he tenido aún tiempo de averiguar cuáles son tales gestiones ni, en especial si es Ud., señor en su calidad de jefe de ese país, a quien deberían dirigirse en este momento, sobre dicho asunto: si la libertad que ahora me tomo puede aumentar las posibilidades de Europa de obtener este beneficio, tanto mejor. No quiero decir que el presidente de Colombia debería agacharse a recoger semillas para Inglaterra, como (se dice) hizo el emperador Claudio para recoger conchas de coquina en Inglaterra. Pero para ésta o aquella persona bien dispuesta, botánica o no, situada dentro de su zona de influencia quizás una palabra suya fuese suficiente. Si se envían semillas, con o sin raíces, quizás puedan remitirse también directrices para el cultivo de la planta, y en tal caso, cuanto más detalladas mejor. Pero las semillas no deben esperar a las raíces, y menos a las instrucciones, cuya carencia puede ser suplida aquí, sin mayor dificultad, por la experimentación, inteligentemente dirigida: en cualquier ocasión que el Sr. Hall envíe una carta a este país podrían adjuntarse algunas semillas de este vegetal, si es que su valor se corresponde, en algún grado, con la información expresada más arriba. Pero la gloria quizás merezca el nombre de Bolívar, y la Sociedad Real de Londres estaría orgullosa de inscribir ese nombre en la lista de sus asociados. El presidente, sir Joseph Banks, se esforzó en conseguir la plantas (se dice) pero sin éxito”.


[1] Diego Colón (“El Caballero de Colón). Diplomático español, entre 1810 y 1824 fue encargado de negocios de la embajada de España en Londres.
[2] Bernardino Fernández de Velasco, Duque de Frías y de Uceda (1738- 1751). Poeta, militar  y político español. De 1820 a 1823 representó al régimen constitucional en Londres.





sábado, 29 de junio de 2013

Blogs de Historia - Historia e internet



Con relación a las charlas que daré en UCL el próximo 11 y 18 de julio es importante hablar del uso de las nuevas tecnologías e internet para el estudio de Bentham. 

Sobre esto utilizaré los trabajos que para el mismo tópico se han dado sobre el uso de Internet, blogs y nuevas tecnologías para el estudio del derecho. Lo voy a poner en inglés: 

The use of Internet. 

- Global Internet usage here 
- Internet Stadistic here 
- Internet users here 

Internet and the Study of Law: 

Must of the papers were published by the Berkman Center for Internet and Society in a Conference in 2006 (here). Specially this paper from Lawrence Solum (Blogging and the transformation of legal scholarship here) and my own paper published in this book in Spanish here

My law blog Iureamicorum here
Catalogue of Blawgs here.
History of law blawg (Legal History Blog here
Andrés Botero Bernal here

For the Study of History:

For History and the teaching with Internet resources this Dossier in Spanish "The Digital History in the Web 2.0 era. Introduction to the dossier Digital History", en: Historia Critica No 43, enero-abril 2011 here

- Top 50 History Blogs here

Colombian Blogs: 

- History of Bogotá here

Critics of the use of Internet for Academy: 

The critics for the use of Internet for Academy for example Brian Leiter work "Why blogs are bad for legal scholarship" here and the works from Cass Sunstein here a review of Republic.com here.  I hope this documents wil help the assistants. 

viernes, 28 de junio de 2013

Listo para las Charlas en UCL el 11 y el 18 de julio de 2013

Gracias a la invitación de la University College of London (UCL) y el Bentham Project dirigido por Philip Schofield viajaré proximamente a Londres para impartir dos conferencias relacionadas con el pensador inglés. La primera sobre la "Influencia del pensamiento de Bentham en Colombia durante el siglo XIX" que se realizará el 11 de julio a las 2:00 p.m en el Bentham Project y la segunda  "Cómo enseñar a Bentham a través de los recursos de Internet y las nuevas tecnologías" que realizaré el 18 de julio en el mismo lugar a la misma hora (2.00 p.m Seminar Room 5 Gideo Schreir Wing Bentham House. Para reservar escribir a: (k.grint@ucl.ac.uk)). Espero mucha concurrencia de colombianos interesados. El link del Bentham Project aqui. 

Bentham and Colombia

Bentham and Colombia Summer Seminar Series
All are warmly invited to intend the Bentham Project's Summer seminar series entitled 'Bentham and Colombia'.
The seminars will be given by Professor Gonzalo Ramírez from the Universidad Externado de Colombia, who has been awarded a bursary under UCL's International Teaching Excellence Bursary Scheme.
Thursday 11th July: The Influence of Bentham on Colombia during the 19th Century.
Thursday 18th July: Teaching the influence of Bentham on Colombia through new technologies and Internet resources.
The seminars will take place from 2pm in Seminar Room 5 of the Gideon Schreier Wing of Bentham House.
Professor Ramírez will discuss the topic of Bentham and Colombia in two distinct ways. His first seminar will concentrate on Bentham's influence on Colombia during the 19th Century. In his second seminar he will explore how this influence can be taught through new approaches and methods, such as via the use of Internet resources.
The seminars are free to attend and open to all. For further information or to RSVP please email the seminar organizer Kris Grint (k.grint@ucl.ac.uk). Alternatively, you can confirm your attendance directly at our Eventbrite page.

Centre Bentham - Revue de Etudes Benthamiennes


Una de los Centros más importantes sobre el estudio de Bentham. El Centre Bentham en Francia con su Revue d´etudes benthamiennes. La página del Centro aquí y el enlace para la Revista lo  puede consultar aquí.

Los dejo con el último número de la Revista No 1 de 2012


1 | 2012
Varia

viernes, 24 de mayo de 2013

Of laws in General. Benthamiando No 6









Se discuten apartes de la obra "Of laws in General" de Bentham editada por H.L.A Hart. Los textos que discutimos en la sexta sesión fueron el de J.J. Moreso y Luis M. Cruz. Participan en el podcast Marcelo Lozada, Alejandro, Mariela Vargas y Gonzalo Ramírez 



viernes, 17 de mayo de 2013

La Falacia de decir que esto contraviene lo que quiere pueblo



Bentham en Tratados de Legislación Civil y Penal diría que las "Simpatías y antipatías" no son razón y que el llamado a las antipatías o simpatías del pueblo pueden ser argumentos que se tornan muy poderosos. Sin embargo,diría que muchos proyectos legislativos se estrellan con la idea de que esto va en contra de lo que quiere "El Pueblo". Sobre este punto Bentham estableceríaque esto es un argumento falaz, ya que la entelequia "Pueblo" solo es una entidad ficticia que sirve solamente para ratificar lo que piensan los más influyentes. Sobre este punto dice que, "El nombre del pueblo es una firma contrahecha para justificar a sus jefes".

El pasaje completo dice lo siguiente: 

"...Los mejores proyectos sobre las leyes se estrellan frecuentemente contra esta objeción vulgar: la preocupación se opone: el pueblo se ofendería y lo sentiría. ¿Pero cómo se sabe esto? ¿Cómo se ha consultado la opinión pública? ¿Cuál es su órgano? ¿Tiene el pueblo entero el mismo modo de pensar? ¿Tienen todos los individuos la misma opinión, incluyendo las diecinueve vigésimas partes que nunca han oído hablar del asunto? Además ¿porque la muchedumbre esté engañada ha de ser condenada a permanecer eternamente en el error? Las ilusiones que causan las tinieblas ¿no se disiparán con la luz del mediodía? ¿Cómo se quiere que el pueblo haya podido abrazar la sana razón cuando no la conocían los legisladores, ni los sabios de la tierra? ¿No tenemos el ejemplo de otros pueblos que han salido de la misma ignorancia, y en que se ha triunfado de los mismos obstáculos? 
          Después de todo, las preocupaciones vulgares son más veces puros pretextos que motivos, y hacen servir de pasaporte cómodo para las necesidades de los hombres de Estado. La ignorancia del pueblo es el argumento favorito de la pusilanimidad y de su pereza, cuando los verdaderos motivos son las preocupaciones de que no han sabido librarse ellos mismos. El nombre del pueblo es una firma contrahecha para justificar a sus jefes" (Jeremías Bentham, Tratados de Legislación Civil y Penal, Buenos Aires, Valleta, 2005 p. 62). 
 

Teleconferencia del profesor Philip Schofield ayer en VI Jornada Seminario Bentham




Va la Teleconferencia realizada en la sexta jornada del Seminario Bentham con el Director del Proyecto Bentham (Bentham Project (aquí).) de la Universidad College of London (UCL), Philip Schofield (Biografía aquí).  La traducción la realizó el estudiante de cuarto año de Derecho Alejandro Penilla. A través de las preguntas de los estudiantes miembros del Seminario el profesor Schofield discutió aspectos como la relación de Bentham con latinoamericana y Colombia, las nuevas investigaciones del Bentham Project como lo que escribió Bentham sobre las relaciones homosexuales y la religión, la explicación teórica sobre los derechos naturales en Bentham como derechos que solo deberían ser explicados a través del principio de utilidad y una lectura actual del pensamiento de Bentham en el fortalecimiento de un pensamiento liberal y progresista. El video aquí.  (Externado T.V). Los primeros cinco minutos no hay buen sonido.